Las Pymes ya están obligadas a tener un plan de igualdad.

La ley que introdujo la obligación de elaborar y aplicar planes de igualdad en empresas de más de 50 empleados, entra hoy en vigor. Desde el sábado 7 de marzo, aquellas compañías con más de 150 trabajadores deberán tener implementando un plan de igualdad. Las empresas de entre 100 y 150 empleados tendrán un año más de plazo para hacerlo, mientras que las que tengan entre 50 y 100 estarán obligadas a partir de marzo de 2022.

El incumplimiento de esta norma supondrá sanciones graves para empresas, pudiendo dar lugar a sanciones económicas con multas entre 626€  y 6.250€. Además, aquellas empresas que participen en procesos de contratación con las administraciones públicas deberán prestar especial atención, puesto que el incumplimiento de esta obligación por aquellas empresas sujetas a la misma, puede afectar negativamente a su capacidad para concurrir a dichos concursos públicos.

Hasta ahora, solo las empresas de más de 250 trabajadores tenían obligación de tener estos planes.

Sin embargo, fuentes del Ministerio de Trabajo aseguran que la inspección dará un margen de adaptación a las empresas y que, como es habitual, las sanciones no comenzarán durante estas próximas semanas. Como es habitual en estas situaciones, la inspección de Trabajo Informará a las empresas si detecta que no están cumpliendo con la normativa durante las primeras semanas, pero no sancionará.

Falta de adaptación.

Muchas medianas empresas aún no son conscientes de la llegada inminente de esta obligación, cuando lo cierto es que el proceso de elaboración de un plan de igualdad es lento y complejo, ya que se compone de varias etapas e implica a todas las áreas de gestión de la organización.

Hasta ahora, solo las empresas de más de 250 trabajadores tenían obligación de tener estos planes. Con el nuevo ámbito de aplicación de la norma, a partir de marzo de 2022 el número de empresas con obligación de implementarlo habrá ascendido en más de 24.000 empresas, según los datos del Ministerio de industria.

Así debe ser el plan.

Antes de la elaboración de plan, la empresa debe plasmar por escrito el compromiso de iniciar la negociación de un plan de igualdad y de garantizar su aplicación efectiva. Además, es necesario que se constituya una comisión de igualdad, de carácter paritario, encargada de la elaboración del diagnóstico y del plan.

Esta fase de análisis previo debe contener, al menos, las siguientes materias: Proceso de selección y contratación, clasificación profesional, formación, promoción profesional, condiciones de trabajo, ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral, infrarrepresentación femenina, retribuciones y prevención del acoso sexual y por razón de sexo. A raíz de este diagnóstico, se elaborará el plan con las medidas para cada una de las áreas, seguido de la fase de implantación de dichas acciones y un proceso de seguimiento de la aplicación de dichas acciones y un proceso de seguimiento de la aplicación de las mismas.

En Consulting Alavés estamos para darte el mejor asesoramiento, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para resolver tus posibles dudas, 945 14 19 73.

 

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Elisa González

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