Guía legal para pymes que operan en China y se han visto afectadas por el Covid-19

Las medidas para frenar la expansión del coronavirus en China han trastocado los planes de muchas pymes españolas que operan en el gigante asiático, bien como compradoras, o bien como proveedoras de empresas del país. El frenazo en el trabajo en las plantas o el bloqueo en la circulación de mercancías provocará daños irreparables que, a su vez, serán una importante fuente de litigios.

El problema para las Pymes es que, a diferencia de las de mayor tamaño, no siempre cuentan con un amplio departamento legal que revise y negocie una a una las cláusulas de los contratos. Por lo que, en la mayoría de ocasiones, Firman contratos sin revisar con detenimiento el contenido de los mismos, siendo habitual que se trate de modelos genéricos proporcionados por el contraparte de china.

Los pasos a seguir las pymes con intereses en China son las siguientes:

Revisión contractual

Dado que la mayoría de pymes no crean sus propios departamentos legales, los contratos que firman con las empresas chias a menudo no implican la elección de la ley y jurisdicción aplicables, y algunas no establecen cláusulas de fuerza mayor. Ello provoco que se enfrenten a los riesgos legales propios de disposiciones contractuales poco claras.

Ante esa circunstancia, la primera acción que deben adoptar las empresas es revisar sus propios textos legales. Las compañías extranjeras deben confirmar y evaluar la ley aplicable al contrato.

Fuerza mayor en China

Contratos que suscriben las pymes con empresas chinas suelen contener una cláusula de fuerza mayor. Esta disposición permite suspender la aplicación del texto legal ante determinados eventos o circunstancias excepcionales, extraordinarias o imprevisibles y, si la causa persiste, resolverlo sin responsabilidad para la parte incumplidora. La cuestión relevante en este punto, es que la valoración e interpretación de la fuerza mayor es variable en los Estados.

De acuerdo con la legislación china, constituyen fuerza mayor las circunstancias objetivas, imprevisibles, inevitables e insuperables. ¿Encaja el Covid-19 dentro de estos parámetros? Sí. El Congreso Nacional del Pueblo de China determinó que las medidas del gobierno implicaron que las partes no pudieran cumplir sus contratos y constituyen un evento de fuerza mayor. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que esto no significa que la cláusula de fuerza mayor pueda invocarse bajo cualquier contrato para aliviar o eximir las obligaciones y responsabilidades legales.

Dependerá de la región

A efectos prácticos, ¿en qué contratos podrá invocarse con efectividad la cláusula de fuerza mayor, de acuerdo con el criterio expresado por los tribunales chinos?

Dependerá de las medidas adoptadas en la región donde se encuentre la compañía asiática que ha suscrito el acuerdo con la Pyme española. Así, por ejemplo, una empresa ubicada en Wuhan, ciudad sobre la que se han adoptado severas medidas de control y prevención, sí cabría que la empresa china viera eximida su responsabilidad. Si la corporación está en una zona en donde las decisiones sanitarias son leves, no.

Cómo proceder en la práctica

¿Cómo debe actuar una pyme que recibe una notificación de fuerza mayor por parte de una compañía china?

Tras revisar la ley y los tribunales aplicables, los letrados sugieren, en primer lugar, exigir que se les notifique por escrito la aplicación de la cláusula, ya sea de acuerdo con el contrato suscrito o con las leyes aplicables, en ausencia de una disposición que lo especifique.

A partir de ahí, si la pyme acepta la reclamación de la aplicación de la fuerza mayor, aún deberá evaluar si el contrato puede ejecutarse parcialmente o hacerlo más tarde. Y, si entiende que quede margen, debe reclamar a la corporación asiática para que tome las medidas necesarias para evitar una mayor expansión de las pérdidas. Por el contrario, si objeta la aplicación de la cláusula, la empresa española deberá aclarar por escrito que no la acepta y requerir a la corporación china que siga cumpliendo el contrato.

Se aconseja a la pyme que obtenga la máxima información y evidencias sobre la cuestión, y adopte medidas, y proponga soluciones a la contraparte para evitar el aumento de sus propias pérdidas.

Si decide resolver el contrato por completo o, únicamente, retrasas la ejecución del mismo, la pyme deberá comunicar con tiempo a la empresa china. Finalmente, si no hay acuerdo y se ve abocada al litigio, debe proceder a la reclamación judicial en el tribunal ordinario o de arbitraje pactado en el contrato. En todo caso, resulta conveniente recibir el oportuno asesoramiento bufete de abogados chino para conocer las posibilidades reales de éxito.

En Consulting Alavés estamos para aconsejarte, no dudes en contactar con nosotros 945 14 19 73.

 

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Elisa González

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