NUEVO SUPUESTO FUERZA MAYOR LABORAL
El 10-1-2016 ha entrado en vigor la LEY del Sistema Nacional de Protección Civil que deroga y sustituye a la anterior L 2/1985, de protección civil. La nueva Ley permite la adopción de las siguientes medidas laborales y deSeguridad Social cuando se declare una zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil:
- a) Las extinciones o suspensiones de contrato y reducciones temporales de jornada con la consideración de provenientes de una situación de fuerza mayor, con las consecuencias que se derivan de esta calificación.
- b) Moratoria de hasta un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta correspondientes a 3 meses naturales consecutivos.
- c) Devolución de las cuotas ingresadas correspondientes a las exenciones o moratorias aprobadas.
La adopción de estas medidas se debe llevar a cabo en los términos que apruebe el Consejo de Ministros.
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