LEGALIZACION DE LIBROS CONTABLES OBLIGATORIO ANTE REGISTRO MERCANTIL

LEGALIZACION DE LIBROS CONTABLES Y ACTAS

  • Todo empresario llevará necesariamente, un libro de inventarios y Cuentas Anuales y un libro Diario (Art. 25 Código de Comercio).
  • Todos los libros que obligatoriamente deben llevar los empresarios se cumplimentarán en soporte electrónico y se presentarán para su legalización en el Registro Mercantil, por vía telemática, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio social. (30 de Abril)
  • Libros de actas, registro de socios, acciones nominativas y de contratos

    Los libros de actas de reuniones de los órganos colegiados y de las decisiones del socio único, se legalizarán por vía telemática dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio como los libros de contabilidad.

Elisa González

You may also like