Unificación de Doctrina del Tribunal Supremo (sentencia de 12/03/2014, Recurso 1494/2013  ha aclarado que los trabajadores que en un periodo de 30 meses hayan estado contratados por un plazo superior a 24 meses para diferentes puestos de trabajo con la misma empresa o grupo, mediante dos o más contratos temporales, sólo pueden tener en cuenta los contratos vigentes a partir del 18 de junio de 2010, mientras que quienes tuvieron contrato para el mismo puesto, sí pueden contabilizar los previos a esa fecha, estableciéndose el cómputo al efecto de todos los contratos suscritos, sólo se computan aquellos que se refieren al mismo puesto de trabajo.

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Elisa González

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