¿Cuáles son las OBLIGACIONES de las Comunidades de Propietarios como Promotores, en el caso de ejecutar obras SIN proyecto?
• Nombrar, en los mismos casos que los señalados para obras con proyecto, a un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra (Coordinador SSE) mediante un Acta de nombramiento de coordinador.
• Solicitar al Ayuntamiento la Licencia Municipal de Obra.
• Informar al/los contratista/s de los riesgos
–– Los derivados del emplazamiento:
–– Conducciones de gas, electricidad, agua…
–– Tránsito de vehículos…
–– Existencia de actividad en los locales comerciales, oficinas u otras actividades empresariales que, en el caso de incluir riesgos calificables como graves o muy graves, deberá comunicarlos por escrito con su correspondiente evaluación.
–– Los derivados de la concurrencia de empresas y trabajadores autónomos.
–– Las medidas de emergencia que se deban aplicar.
• Facilitar al contratista copia del acta de nombramiento del Coordinador (en su caso) e informarle en caso de haber nombrado a un técnico director de obra
• Facilitar al contratista los datos necesarios para poder redactar la comunicación de apertura del centro
visto-Osalan.