CAPITALIZACIÓN DESEMPLEO- EMPRENDEDORES
Las personas que tengan previsto iniciar un trabajo por cuenta propia pueden beneficiarse del pago único de la prestación por desempleo para montar su empresa. Es necesario que se incorporen de manera estable como socios trabajadores, en cooperativas o en sociedades laborales. Tanto constituidas como que se vayan a constituir.
También existe la posibilidad de desarrollar una actividad como trabajadores autónomos o dedicar el importe de la prestación al capital social de una entidad mercantil, en el plazo máximo de 12 meses anteriores a las aportaciones. Siempre que se vaya a realizar una actividad profesional y se produzca un alta en la Seguridad Social.
Requisitos para capitalizar el paro
1. Se exige ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo y tener pendientes de recibir al menos tres mensualidades.
2. No haber hecho uso de este derecho en los últimos cuatro años.
3. Comenzar la actividad en un plazo máximo de un mes desde que se apruebe este derecho.
4. Los que hayan compatibilizado el trabajo autónomo con la prestación por desempleo durante los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único no tendrán la posibilidad de obtener el pago único.
El destino del pago único variará en función de la actividad que tenga previsto realizar el profesional. En el caso de realizar un trabajo como autónomo o socio de una entidad mercantil se le abonarán como pago único la cuantía de la prestación, calculada en días completos. Es posible solicitar y conseguir la cantidad que se justifique como inversión con un máximo del 100% del importe de la prestación. También se puede destinar el pago único a gastos de constitución y funcionamiento de la nueva sociedad mercantil.
En el caso de aquellos que empiecen como socio trabajador o de trabajo de carácter estable en una sociedad laboral o cooperativa pueden reclamar en un solo pago la cantidad necesaria para la aportación al capital social o financiar la cuota de ingreso en la cooperativa o para la adquisición de participaciones en la sociedad. Se abonará como pago único la cuantía de la prestación calculada en días completos.
Plazo máximo
Una vez que se reciba el importe de la prestación hay un plazo máximo de un mes para comenzar la actividad. Es preciso presentar ante la entidad gestora la documentación que acredite el inicio del trabajo.
Aquellos que tengan previsto comenzar un trabajo por cuenta propia pueden beneficiarse del pago único para crear su empresa a través de la capitalización del paro.
visto en: El Economista.