Para promover acciones Industria 4.0, que mejoren la competitividad de las empresas, mediante el apoyo de actuaciones innovadoras orientadas a conseguir una mayor introducción de la fabricación avanzada, una mayor diversificación de sus productos, procesos y/o mercados, un mayor uso de tecnologías digitales y una mejor organización empresarial.
1. PYME es una empresa que tenga menos de 250 personas asalariadas y presente un volumen de negocios anual no superior a 50 millones de euros o un balance anual no superior a 43 millones de euros, todo ello calculado sobre el último ejercicio contable cerrado y en base anual.
2. Autónomos/as con domicilio fiscal en el Territorio Histórico de Álava y que a la fecha de presentación de la solicitud hayan transcurrido, al menos, un año desde su alta en el IAE correspondiente a la actividad para la que solicitan la ayuda.
3. Centros tecnológicos y/o de investigación con centro de actividad en Álava, centros universitarios con unidad docente en Álava, fundaciones y asociaciones de empresas y unidades de I+D empresariales con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Álava,con una antigüedad mínima de dos años.

SUBVENCIONABLE

1. En el marco del concepto Industria 4.0: Dada la importancia estratégica para la economía alavesa de la fabricación avanzada – Industria 4.0, este apartado comprende de forma diferenciada de los posteriores, la introducción del uso intensivo de tecnologías digitales en
las empresas, tales como, la ciberseguridad, el big data, la fabricación aditiva e impresión 3D, la robótica colaborativa, la realidad aumentada y realidad virtual, los sistemas ciberfísicos o el internet de las cosas.
2. Producto o servicio: introducción en el mercado de productos o servicios nuevos o con mejoras sustanciales de los existentes con objeto de su inclusión en el catálogo de productos y con vocación de salida o venta al mercado.
3. Proceso: implantación de procesos de producción, logística, distribución o actividades de apoyo a productos o servicios que sean nuevos o aporten una mejora significativa.
4. Organización: implementación de nuevos métodos organizativos que no han sido utilizados previamente por la entidad solicitante.
5. Mercado: implementación de nuevas estrategias o conceptos comerciales que permitan una apertura a nuevos mercados o aporten una mejora significativa a la situación actual.
5. Para empresas de cien o menos personas trabajadoras, serán subvencionables las inversiones de inmovilizado, dentro de las categorías del Plan General de Contabilidad siguientes:

— 206 Aplicaciones informáticas.
— 213 Maquinaria.
Serán subvencionables las inversiones de inmovilizado adquiridos mediante la modalidad de leasing. En esos casos, serán subvencionables las cuotas sin intereses, sin gastos y sin IVA.

Plazo finalizará el 31 de marzo de 2020.

Consulting Alaves le informa y le gestiona esta ayuda 945141973

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Elisa González

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