Todos los países de la Unión Europea se basan en los reglamentos europeos 883/2004 y 987/2009. En el caso de Inglaterra sigue vigente en el momento actual pero a la espera del Brexit.

  • Debe tener en cuenta que para tener derecho a las prestaciones, se pueden sumar los periodos cotizados en cualquiera del estado miembro.
  • Las prestaciones contributivas se pueden cobrar con independencia donde residan dentro dela Unión Europea, la no contributiva tienes que residir en el estado que la percibes y con arreglo a la legislación del País.
  • Prestaciones de vejez y supervivencia: Aquí se incluyen la jubilación, la viudedad y la orfandad. A los períodos de cotización españoles se suman los períodos de seguro o residencia cubiertos bajo la legislación de otros Estados miembros.
  • La institución competente de cada Estado en el que haya trabajado, debe hacer un doble cálculo. Por un lado, calculará la pensión por legislación interna como si sólo hubiera trabajado en ese Estado. Y, por otro, hará el cálculo por totalización de los periodos de seguro/residencia cumplidos a lo largo de toda la vida laboral en ése y otros Estados. El beneficiario pensionista  tiene derecho a recibir el importe más elevado de los dos.

Prestaciones de invalidez

  • Hay dos tipos de legislaciones en este sentido. Por un lado, está la legislación de los países en los que da igual el tiempo de seguro o residencia a la hora de calcular el importe de la pensión (tipo 1 Estonia, Grecia, Irlanda, Letonia y Reino Unido), y el resto de los países no mencionados.

El resto de los países no mencionados anteriormente, se suman los periodos cotizados en España a los cotizados en otros Estados, igual que en las prestaciones de vejez y supervivencia.

Prestaciones de accidente de trabajo y enfermedad profesional

El derecho a percibir será en función en que país ha ocurrido el accidente y se le aplicara la legislación que le corresponda.

Subsidios de defunción

El país competente, es decir, aquel donde el trabajador fallecido estuviera asegurado, reconoce el derecho a esta prestación con independencia del lugar donde se haya producido el fallecimiento.

Prestaciones familiares

Cualquier persona tendrá derecho, por los miembros de su familia que residen en el territorio de cualquier Estado miembro, a las prestaciones familiares con arreglo a la legislación del país competente.

El resto de países

 Cuando el trabajador presta sus servicios en algún país que no forma parte de la Unión Europea y con los que España no ha suscrito un Convenio Bilateral (Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay, Venezuela,…), puede suceder que coexistan las obligaciones de cotizar en ambos países de forma simultánea y, en consecuencia, que el trabajador perciba prestaciones de la Seguridad Social de ambos países.

Fuente: Revista Activa. Seguridad Social

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Elisa González

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