Los trabajadores autónomos que desarrollen funciones de dirección y gerencia  del cargo de consejero o administrador, o presten servicios en una sociedad de capital y posean el control efectivo de la misma y los socios trabajadores de sociedades laborales con al menos 50% del capital social, a excepción en ambos casos de aquellos que causen alta inicial en el mismo, durante los 12 primeros meses de su actividad a contar desde la fecha de efectos de dicha alta. Para el 2017 tienen una base mínima de 1.152,90 €/mes (base mínima grupo de cotización 1 del Régimen General de la Seguridad Social)

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Elisa González

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